martes, 27 de agosto de 2013

La reforma del Código Penal de Gallardón castiga con cárcel la apología del fascismo

El Anteproyecto de Ley endurece las penas y persigue la "trivialización" y el "enaltecimiento" de conductas racistas "La simple manifestación pública de actitudes xenófobas tendrá repercusiones penales", explican desde la Unión Progresista de Fiscales.

La reforma del Código Penal propuesta por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, incluye y endurece las penas por realizar apología del fascismo o del nazismo, comportamientos que habrían protagonizado algunos jóvenes del PP valenciano recientemente. El anteproyecto de ley, que ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y debe iniciar su tramitación parlamentaria, castiga la "trivialización" y el "enaltecimiento" de las conductas xenófobas con sanciones de entre 6 meses y 4 años de prisión.
En la actualidad, el Código Penal de 1995 tipifica estos delitos en sus artículos 510 y 607, aunque su enunciado es muy "ambiguo" y de "amplia interpretación", explica Álvaro García Ortiz, presidente de la Unión Progresista de Fiscales (UPF). Para García Ortiz, cuando se apruebe esta nueva norma en el Congreso "la simple manifestación pública de actitudes fascistas tendrá una repercusión penal sobre estos individuos". 
Por lo tanto, no será necesario que exista la ecuación "causa-efecto" como pasa en la actualidad, añade. Con la norma vigente, para que exista repercusión penal se debe producir algún efecto o consecuencia.
La modificación del artículo 510 bebe del espíritu de las leyes antiterroristas y la ley de Partidos, aunque con un grado de penas mucho inferior. El mero hecho de hacer apología del fascismo y la negación del Holocausto puede costarle a sus protagonistas unas semanas e, incluso años, entre rejas. Sería el caso de los jóvenes del PP que han posado con banderas nazis o franquistas, explican desde la Unión Progresista de Fiscales, que estudian ahora si con el actual Código Penal hay suficiente para castigar estos comportamientos. Porque eso sí, como siempre pasa en la legislación penal española, la aprobación de esta norma no sería retroactiva.
En la actualidad, el artículo 510 del Código Penal sólo sanciona de uno a tres años de cárcel a los que "provocaren" la discriminación por motivos xenófobos. Es decir, a los que haciendo apología forzaran alguna agresión o hicieran crecer el odio en terceros. La nueva reforma modifica este verbo e incluye a los que "fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente" al odio por motivos ideológicos, racistas, de religión u orientación sexual, entre otros. Respecto a la pena máxima por este precepto se aumenta hasta cuatro años. Se pena el "enaltecimiento"
Al artículo 510 se le añaden numerosos puntos y matices para hacer más efectiva la persecución del delito. En este caso se amplía la penalización a la "apología" y la "trivialización" de actos que "hubieran sido declarados probados por los Tribunales de Nu?remberg, por la Corte Penal Internacional o por otros Tribunales Internacionales Además y como pasa con las leyes antiterroristas, se les impondrán penas de seis meses a dos años de prisión a los que "enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión o difusión" estos delitos. 
La modificación del artículo 510, el 607 permanecerá igual, ha cosechado un gran consenso. De hecho es de los pocos cambios que no estará prácticamente sujeto a debate entre el Gobierno y la oposición cuando se aborden en el Parlamento en los próximos meses. Hasta las asociaciones que luchan por los derechos humanos y contra las actitudes xenófobas ven con buenos ojos esta modificación. También los fiscales progresistas, que aseguran que tendrán mucho más soporte legal para combatir las actitudes xenófobas, fascistas y nazis que tanto han proliferado en los último tiempos."
EXTRAIDO DE LA PAGINA DE FACEBOOK "BAJO BANDERAS DE GUERRA"